Arballo: Qué significa este fallo para el futuro de la Ley de Medios.
Qué significa este fallo para el futuro de la Ley de Medios.
Jurídicamente mucho, y al mismo tiempo nada especial.
Nada especial, porque la misma Corte se ataja ni bien empieza el fallo, diciendo (cons. 2º) que lo que resuelve “no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario”. Esas excusas anticipadas que presenta la Corte también deben interpretarse como una señal de advertencia: el Tribunal quiere evitar que el fallo “se informe” como una validación absoluta y total de la Ley de Medios.
Mucho, porque está claro que vamos a un escenario como el que imaginábamos al momento de su sanción, un largo y artesanal proceso de implementación nada obvio que deberá convivir con el litigio multinivel como dato natural, tal y como pasaría con cualquier Ley que quisiera reorganizar y pluralizar una actividad compleja configurada a la luz de una regulación preexistente obsoleta y -a la luz de los hechos- muy complaciente con prácticas concentratorias y predatorias.
Luego, políticamente, me notifican, la consecuencia es esta: se confirma la intuición de que es posible fallar contra los intereses de grupos que tienen una parte importante de las palancas de los grifos informativos y vivir para contarlo. Es como andar en bicicleta sin rueditas. Una vez que alguien lo hace una vez, se da cuenta que puede hacerlo de nuevo y que no pasa nada.
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